Lo que parecía imposible hace solo unos años en nuestro país,
avanzar en la transparencia sobre la propiedad y la financiación de los
medios de comunicación, comienza a cambiar gracias a una iniciativa de la UE, a
través de un reglamento para garantizar la pluralidad mediática, y al
tiempo blindar a los medios de posibles
injerencias políticas, pensando inicialmente en algunos países concretos.
Así, los medios tendrán que hacer pública la información
sobre sus dueños, “directos o indirectos, que posean paquetes accionariales”,
“incluida la titularidad directa o indirecta estatal o por parte de una
autoridad o entidad pública”, para entender posibles conflictos de intereses. Se
aplicará a partir del 8 de agosto de 2025.
También será obligatorio para los medios declarar la publicidad
institucional que perciben.
Se intenta reducir la “vulnerabilidad” de los medios
y de las “plataformas online” ante la posible influencia pública
indebida o los intereses de parte en perjuicio de la libertad de prestar
servicios y de los derechos fundamentales”. “La asignación opaca y sesgada de
dichos fondos es, por tanto, un instrumento poderoso para ejercer influencia
sobre la libertad editorial de los prestadores de servicios de medios de
comunicación, de «captación» de los prestadores de servicios de medios de
comunicación o de subvención o financiación encubierta de dichos prestadores de
servicios para adquirir una ventaja política o comercial injusta o una
cobertura favorable”, recoge el reglamento.
En España, ha habido innumerables batallas legales por
ocultar esa información, pero los jueces han ido dando la razón a los
denunciantes que buscaban la transparencia en la entrega de fondos públicos
que, en la mayoría de las ocasiones, no siguen criterios objetivos sino
ideológicos. Muy pocas instituciones publican el desglose de las campañas y los
medios a los que se asigna cada partida.
En este sentido, el nuevo reglamento europeo exige el
respeto a una serie de principios en la asignación de los fondos públicos para
publicidad institucional: “Criterios transparentes, objetivos, proporcionados y
no discriminatorios, puestos a disposición del público de antemano por medios
electrónicos y fáciles de usar, mediante procedimientos abiertos,
proporcionados y no discriminatorios”.
Se encomienda a los estados miembros que haya “autoridades u
organismos nacionales que creen bases de datos para recopilar toda esa
información”.
“En lo que no entra el reglamento como tal es en los
contenidos de los medios de comunicación e incluso su definición legal es vaga,
teniendo en cuenta que la irrupción de agitadores que promueven bulos y
desinformación es un problema en toda la UE —y a escala internacional—. La
UE sí ha legislado para evitar la desinformación a través de la Ley
de Servicios Digitales (DSA, por sus siglas en inglés), pero la aplicación
afecta fundamentalmente a las grandes plataformas, como Google, Meta, TikTok o
X (antes Twitter). Algunas compañías se enfrentan a sanciones multimillonarias.
https://www.eldiario.es/internacional/ue-obligara-medios-publicar-publicidad-institucional-propietarios_1_11347566.html
Comentarios
Publicar un comentario