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Mostrando entradas de agosto, 2021

El ejercicio de la contra/gobernanza

Si la gobernanza es “un complejo de mecanismos, procesos, relaciones e instituciones por medio de los cuales los ciudadanos y los grupos articulan sus intereses, ejercen sus derechos y obligaciones y median sus diferencias” como he citado en alguna ocasión tomando un texto del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, la contra/gobernanza sería, desde mi punto de vista, “ un sofisticado sistema por el cual algunos grupos de interés, frecuentemente partidarios, pasando de ciudadanos e instituciones, se dedican a generar diferencias y a confrontar, buscando intereses de parte, utilizando recursos públicos ” . Por no señalar, por ejemplo, si hay una cumbre de responsables territoriales, la contra/gobernanza consistiría en que algún grupo de ellos se reunieran antes del encuentro con las únicas finalidades de coordinar sus intervenciones confrontativas - hayan dicho lo que fuese los propios de cada uno en cada territorio -, acordar la intensidad de los ataques internos – a sea lo

Agencias de descalificación

A todos nos suenan las agencias de calificación o de 'rating', porque de vez en cuando se citan en los medios de comunicación, como entidades privadas cuya principal función es ofrecer información sobre la valoración del riesgo de crédito de una compañía o de un producto financiero. Pero todavía no se habla abiertamente de las agencias de descalificación, que son aquellas que ofrecen insultos, sátiras o burlas a cada éxito de un gobierno, buscando su descalificación, en conjunto, o de cada uno de sus miembros, e incluso de sus seguidores. Las primeras operan en abierto e incluso existen registros – como el de la Comisión Nacional del Mercado de Valores – que funcionan en virtud del Reglamento (CE) 1060/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de septiembre de 2009. Las segundas son opacas y funcionan al socaire de entidades interpuestas vinculadas, principalmente, a algunas entidades de carácter político o social. Su funcionamiento es sencillo: se dotan de personajes d

Hacia el Estatuto del personal directivo de los Entes Públicos de Andalucía

Independientemente de la aportación que está produciendo – ahora en fase de recogida de opiniones - la Asociación Dirección Pública Profesional (ADPP) sobre el proyecto de decreto por el que se aprueba el estatuto del personal laboral directivo profesional (PLDP) en las entidades instrumentales del sector público andaluz , me ha parecido de interés compartir algunos de sus rasgos, a bote pronto, dada la importancia de la nueva iniciativa del gobierno de la Junta de Andalucía sobre Dirección Pública Profesional, en desarrollo del artículo 13 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. La voluntad expresada en el texto es definir qué personas tienen la consideración de personal directivo profesional, regulando el proceso de selección y provisión de los puestos directivos, el procedimiento para evaluar el desempeño o tasar objetivamente las causas de cese , en aquel ámbito, entre otras cuestiones.