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El sistema de integridad de la AGE

El pasado mes de marzo se aprobó el Sistema de Integridad de la Administración General del Estado (SIAGE), tras un proceso de consulta pública realizado en los meses de enero y febrero de este 2023. Bajo ese mismo título se ha publicado un documento de interés, donde se encuentran todas las referencias al respecto, en 360 páginas , cuya síntesis es el objeto de estas líneas. De su resumen ejecutivo es útil destacar que fija los antecedentes de la iniciativa en los compromisos del IV Plan de Gobierno Abierto 2020-2024 en materia de integridad, para fortalecer los valores éticos y los mecanismos para afianzar la integridad de las instituciones públicas y reforzar la confianza de la ciudadanía y en la aprobación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), que estableció la obligatoriedad de disponer de un plan de medidas antifraude en todas aquellas entidades decisoras o ejecutoras de fondos, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 6.1 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura su sistema de gestión. Además, se refiere al ámbito internacional, citando tanto la recomendación del Consejo de la OCDE de 2017, como el informe de la quinta ronda del GRECO (Grupo de Estados contra la Corrupción del Consejo de Europa) que señalan “la necesidad de disponer de una estrategia de sistema de integridad pública en España que incorpore códigos éticos, sistemas de difusión e información en valores éticos, canales de consulta y asesoramiento sobre dilemas éticos o comunicación y alerta de conducta no éticas, órganos de garantía y un sistema de evaluación y seguimiento del propio sistema para mitigar las áreas de riesgos de conflicto de intereses y de corrupción para personas con altas funciones ejecutivas”, que se puso de manifiesto en el tercer informe anual de la Unión Europea sobre el Estado de Derecho, de julio de 2022. El SIAGE, que no existía como tal hasta la fecha, aspira a incorporar un código de buena administración para los empleados públicos, un código de buen gobierno para los altos cargos, una estructura organizativa del propio sistema, canales internos de información y buzones de ética institucional, además de un sistema de gestión de riesgos de integridad, actividades y medios de formación y difusión y los mecanismos de planificación, seguimiento, evaluación y revisión del propio SIAGE. Una de las características relevantes es que el SIAGE no tiene carácter normativo, sino que se propone proporcionar directrices a los órganos de la, a fin de promover y consolidar de manera global una cultura de integridad y valores éticos en la actuación de todo el personal de la organización. Otra, es que el documento ha sido elaborado en cumplimiento del acuerdo adoptado en la reunión de la Comisión Coordinadora de Inspecciones Generales de Servicios de los departamentos ministeriales (CCIGS), en marzo de 2022, por el que se aprobó la creación de un grupo de trabajo sobre integridad y ética públicas, impulsado y coordinado por la Dirección General de Gobernanza Pública (DGGP), al que se sumaron 55 personas entre inspectores de servicios de los departamentos ministeriales y representantes del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA); del Servicio de Auditoría Interna de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT); la Dirección General de la Función Pública (DGFP); la Oficina de Conflictos de Interesas (OCI); el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP); la Abogacía General del Estado y el Gabinete de la Secretaria de Estado de Función Pública (SEFP). Por otro lado, contiene una serie de herramientas interrelacionadas, que se corresponden con los nueve capítulos en que se estructura: 1. Definición, elementos y ámbito, 2. Código de buena administración, 3. Código de buen gobierno, 4. Gestión de riesgo de integridad, 5. Diseño organizativo, 6. Actividades y medios de formación y difusión, 7. Protocolo para canales internos de información, 8. Guía para la gestión de buzones de ética institucional, y 9. Mecanismos de planificación, seguimiento, evaluación y revisión de integridad pública de la AGE. En el marco internacional de referencia se cita la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción; la Agenda 2030 y los ODS de Naciones Unidas; la recomendación del Consejo de la OCDE sobre integridad pública de 2017; la Carta iberoamericana de ética e integridad en la función pública; las recomendaciones de la quinta ronda de evaluación del Grupo de Estados contra la corrupción del Consejo de Europa y las recomendaciones de los informes sobre Estado de Derecho de la Unión Europea. El código de buena administración, y el de buen gobierno, aspiran a sintetizar los valores que emanan del ordenamiento jurídico y a articular un conjunto de pautas de conducta que puedan servir de referente en el desempeño de las funciones públicas. Se integran un conjunto de buenas prácticas para conformar un marco ético coherente y exigente asumido con carácter voluntario. La elaboración de estos códigos responde fielmente a las líneas directrices de la OCDE y a las recomendaciones del Consejo de Europa, y se encuentra en línea con las experiencias desarrolladas en otros países de nuestro entorno. Se completan los códigos con un epígrafe sobre prevención y gestión de conflictos de interés, en el que se incluye un apartado específico relativo al ofrecimiento de regalos y atenciones sociales, y se cierra con la recopilación de las referencias normativas. Sobre la gestión de riesgo de integridad como conjunto de acciones destinadas a dirigir y controlar los riesgos propios de una organización, con la finalidad de definir un marco de acción, se establece un marco de referencia normativo y organizativo, y un modelo para su gestión. Incluye una sección relativa a al “estado del arte”. El diseño organizativo del SIAGE incluye a la propia dirección de la organización, coordinadores de integridad institucional, nuevos o existentes comités de integridad institucional y una nueva Comisión de integridad institucional que se propone crear con carácter interdepartamental, responsable de velar por la coherencia en su aplicación y a la que podrían incorporarse asesores externos, siguiendo el modelo de la Comisión Consultiva de Ética de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. Se considera recomendable la constitución de un Consejo asesor como órgano colegiado de naturaleza participativa y carácter consultivo. También se refiere a un marco general de formación y tipos de cursos, a las bases para el diseño de un plan de formación en integridad y ética pública y a la difusión, los destinatarios y medios para ello. Se detalla el protocolo para canales internos de información, el ámbito y finalidad del canal sobre infracciones, y sus directrices. El capítulo finaliza con sendos apartados específicos sobre la prohibición de represalias y la protección de datos personales. Se incluye una introducción con los antecedentes en la materia, su finalidad, ámbitos subjetivo y objetivo en relación con los elementos del sistema, añadiendo a continuación apartados específicos sobre publicidad y acceso a la información del buzón y de las consultas, terminando con el régimen de protección de datos de carácter personal. En cuanto a los mecanismos de planificación, seguimiento, evaluación y revisión del sistema en general, destacar las referencias al diagnóstico, a los objetivos estratégicos, operativos e indicadores y a la propuesta de actuaciones del plan. Cierra con mas de 20 anexos, como un cuestionario orientativo para la detección de conflictos de interés y modelos de declaración de ausencia de conflicto de interés, para la notificación de regalos que exceden los usos de cortesía, de declaración de ausencia de conflicto de interés para altos cargos, definiciones del esquema de gestión de riesgos, matriz de figuras de código ético e integridad públicos, buenas prácticas identificadas, sistema de protección de denunciantes y ejemplos, como el marco ético de autoevaluación de la Autoridad estadística del Reino Unido y los indicadores de integridad pública de la OCDE. Y con un mapa conceptual.

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