El gobierno de España, a través del ministerio de Hacienda y Función Pública, propone un test sobre conflicto de interés, prevención del fraude y la corrupción, en el marco de un sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), mediante la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, que incluye un importante paquete de medidas para evitar riesgos, entre otros los que se refieren a la integridad pública.
Concretamente, el test citado es uno de sus anexos, el II.B.5, se compone de 16 ítems que pueden valorarse en una escala de 1 a 4 y cuyos enunciados son los siguientes:
1. ¿Se dispone de un «Plan de medidas antifraude» que le permita a la entidad ejecutora o a la entidad decisora garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses?
2. ¿Se constata la existencia del
correspondiente «Plan de medidas antifraude» en todos los niveles de ejecución?
Prevención
3. ¿Dispone de una declaración, al más alto
nivel, donde se comprometa a luchar contra el fraude?
4. ¿Se realiza una autoevaluación que
identifique los riesgos específicos, su impacto y la probabilidad de que
ocurran y se revisa periódicamente?
5. ¿Se difunde un código ético y se informa
sobre la política de obsequios?
6. ¿Se imparte formación que promueva la Ética
Pública y que facilite la detección del fraude?
7. ¿Se ha elaborado un procedimiento para
tratar los conflictos de intereses?
8. ¿Se cumplimenta una declaración de ausencia
de conflicto de intereses por todos los intervinientes?
Detección
9. ¿Se han definido indicadores de fraude o
señales de alerta (banderas rojas) y se han comunicado al personal en posición
de detectarlos?
10. ¿Se utilizan herramientas de prospección
de datos o de puntuación de riesgos?
11. ¿Existe algún cauce para que cualquier
interesado pueda presentar denuncias?
12. ¿Se dispone de alguna Unidad encargada de
examinar las denuncias y proponer medidas?
Corrección
13. ¿Se evalúa la incidencia del fraude y se
califica como sistémico o puntual?
14. ¿Se retiran los proyectos o la parte de
los mismos afectados por el fraude y financiados o a financiar por el MRR?
Persecución
15. ¿Se comunican los hechos producidos y las
medidas adoptadas a la entidad ejecutora, a la entidad decisora o a la Autoridad
Responsable, según proceda?
16. ¿Se denuncian, en los casos oportunos, los hechos punibles a las Autoridades Públicas nacionales o de la Unión Europea o ante la fiscalía y los tribunales competentes?
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